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Permisos para letreros luminosos en Madrid – guía 2026

Instalar un letrero luminoso en una fachada en Madrid requiere conocer la normativa municipal: la Ordenanza de Publicidad Exterior y la Ordenanza de Protección de la Estética de la Ciudad. Esta guía explica qué tipo de licencia necesita, qué documentación presentar y cuánto puede tardar la tramitación.

¿Qué tipo de licencia necesita?

En Madrid, los letreros luminosos en fachada se consideran “obras menores” o “actividades publicitarias” según el caso. Si el rótulo va sobre la planta baja de un local comercial y no modifica elementos estructurales, suele bastar con una declaración responsable de obra menor. Si el letrero supera el plano de fachada, sobresale a la vía pública o se instala en edificios protegidos del centro histórico (zonas APE), será necesaria una licencia urbanística completa con proyecto técnico firmado por un arquitecto o ingeniero.

Documentación habitual

Para los rótulos estándar de planta baja necesitará: declaración responsable, fotografías del estado actual de la fachada, plano o fotomontaje con las medidas y la ubicación exacta del rótulo, ficha técnica del fabricante con consumo, certificado de IP (al menos IP65 para exterior), justificante de pago de la tasa municipal y autorización de la comunidad de propietarios si el inmueble está en régimen horizontal. En zonas APE (Área de Planeamiento Específico) del centro histórico, además se exige informe favorable de la Comisión Local de Patrimonio Histórico.

Limitaciones técnicas en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid limita el saliente máximo de los rótulos sobre la vía pública (normalmente 10 cm en aceras estrechas y 60 cm en aceras anchas, dejando siempre 2,5 m libres de altura). La luminancia debe respetar la normativa de contaminación lumínica: los rótulos no pueden parpadear ni emitir luz directa hacia las viviendas superiores. En el casco histórico (zonas Centro, Salamanca y Chamberí) se prohíben los letreros con cajón retroiluminado en muchas calles, primando los rótulos de letras corpóreas o tipo neón LED discreto.

Plazos y costes administrativos

Una declaración responsable se resuelve en 2-4 semanas; una licencia con proyecto técnico puede tardar entre 2 y 6 meses según la complejidad y la zona. Las tasas municipales rondan los 80-250 EUR para rótulos pequeños y pueden superar los 600 EUR en proyectos grandes. Los honorarios del técnico (proyecto, dirección de obra, certificado final) suelen oscilar entre 350 EUR y 900 EUR. Recomendamos consultar siempre con un gestor administrativo o estudio de arquitectura antes de encargar el rótulo.

Preguntas frecuentes

  • ¿Necesito licencia para un rótulo LED interior visible desde la calle? Si el rótulo está dentro del escaparate y no se fija al exterior, normalmente no requiere licencia, aunque sí debe respetar la normativa de luminancia.
  • ¿Puedo poner un rótulo de neón en el casco histórico? Sí, pero debe pasar la Comisión de Patrimonio. Los rótulos de neón LED de letras corpóreas tienen mayor probabilidad de aprobación que los cajones retroiluminados.
  • ¿Quién es responsable si la instalación es defectuosa? El instalador con boletín eléctrico oficial. Exija siempre certificado de instalación y boletín CIE.

¿Va a instalar un rótulo en Madrid? Contáctenos y le enviaremos las fichas técnicas y certificados IP65 que necesite para tramitar su licencia.